El patrimonio de Castilla y León

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viernes, 29 de febrero de 2008

Muralla de Arévalo (2)

EL EQUIPO DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO SEÑALA LAS AGUAS SUBTERRÁNEAS COMO CAUSA DE LAS GIERTAS

C.T.I.
El Ayuntamiento de Arévalo ha asegurado que las aguas subterráneas son las causantes del “deslizamiento” de la ladera del río Arevalillo, que ha provocado las grietas junto a las obras de la muralla denunciadas por el Grupo Municipal Socialista.
Según se indicó desde el Consistorio, el Plan Director del monumento “se está ejecutando escrupulosamente”; un plan que, por otra parte, “fue aprobado por unanimidad de todos los grupos políticos”.
No necesitamos una oposición, ni procuradores del PSOE, con la única intención de paralizar proyectos en marcha para Arévalo”, se afirmó desde el Ayuntamiento, añadiendo que “queremos una oposición que ayude a solucionar el problema y también procuradores del PSOE que sean constructivos y sensibles con el problema para solucionarlo, en vez de entorpecerlo”.
Informes
El Ayuntamiento de Arévalo confirmó al existencia de unos “informes de la empresa Geocisa”, que está llevando a cabo los trabajos en la muralla de Arévalo, según los cuales el monumento “no es la causa del deslizamiento de la ladera, sino mero testigo del problema existente”.
Un informe, según se indicó desde el Consistorio, en el que se propone como solución al problema de grietas existente “llevar a cabo una red de pozos de drenaje para rebajar el nivel freático”.
Por esta razón, “el Equipo de Gobierno va a continuar con el proyecto del Plan Director de la muralla y procurará solucionar el problema”, se añadió, calificando de “demagogia” la actuación tanto del portavoz del Grupo Municipal Socialista como de los procuradores de esta formación y se dirigió a uno de ellos, Martín Benito, para que, “a la hora de hacer declaraciones, se documente y asesore debidamente a nivel político y técnico”, ya que “no existe falseo histórico, existe huella de la antigua muralla y se está diferenciando la reconstrucción de los elementos originales y cumpliéndose los parámetros establecidos en el artículo 38 de la Ley de Patrimonio”.

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